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3 Cosas que Deberías Saber de los Drones

¿Debo registrar mi drone para realizar vuelos en Colombia?

En Geosystem Ingeniería entregamos soluciones completas y te contamos que procedimientos debes seguir para volar tu dron con tranquilidad en Colombia. Primero debes saber que contamos con una entidad que regula el espacio aéreo en Colombia, la cual es la Aeronáutica Civil de Colombia, quienes nos orientan a realizar sobrevuelos con la mayor seguridad posible para el bienestar de tu aeronave y de todos los colombianos, para lo cual debemos acatar las normas y registrar nuestro drone según los lineamientos de la Aerocivil. 

 ¿Qué norma rige la operación de UAS/ Drones actualmente en Colombia?

Dado el avance tecnológico de las aeronaves remotamente tripuladas actualmente se está trabajando en nueva norma o RAC para la regulación de drones en Colombia. Hasta la fecha de esta publicación contamos con la Resolución No. 04201 del 28 de diciembre de 2018 del Ministerio de transporte, la cual fue adscrita a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como el Apéndice 13 del RAC 91 “OPERACIÓN DE SISTEMAS DE AERONAVES NO TRIPULADAS – UAS”, está regulación puede ser consultada en la página web de la Aerocivil. 

Te contamos algunos elementos que debes tener en cuenta de la resolución 4201 del 2018: 

Realizar el respectivo registro de tu drone ante la Aerocivil ya seas persona jurídica o persona natural. Recuerda que debes registrar todos los pilotos de drone y todas las aeronaves, diligenciando el formato de inscripción que tiene disponible la Aeronáutica civil en su página web y enviar sus anexos solicitados como lo son documentos de la compañía, documentos e información del drone con las fotografías donde se evidencie el serial y la placa de datos de contacto colocada en el drone, documentos de los operadores o pilotos de drone.  

En caso de que tu drone sea clase B o excedas las limitaciones de clase A, debes realizar la solicitud de permisos, enviando la información de la operación al correo atencionalciudadano@aerocivil.gov.co  en el cual debes adjuntar el formato de solicitud de operación con UAS debidamente diligenciado, enviar la información solicitada allí como copia de los documentos de identidad de los pilotos previamente registrados en la base de explotadores UAS. Póliza de seguro, con cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual RCE por un valor equivalente a 33.333 gramos oro (de acuerdo a lo estipulado por el Código del Comercio). Debes adjuntar el polígono del área de interés en formato KMZ/KML con el archivo de las coordenadas.  Debes adjuntar el análisis de riegos y sus acciones de mitigación de riesgos, de acuerdo con lo reglamentado en el RAC 219. 

En caso de requerir hacer vuelos en cercanías de un aeropuerto, aeródromo o helipuerto, la empresa deberá generar un acta de reunión con las dependencias de control del ATS de la zona, estipulando las debidas conexiones y coordinaciones para mitigar el riesgo operacional generado por la operación de las UAS en ese sector en particular. Este documento se deberá anexar de igual forma a la solicitud de permiso de vuelo. 

Debes contar con el manual de operación actualizado, dado que te lo pueden solicitar en cualquier momento. 

Si te confunde que clase es tu drone ten en cuenta que existen tres categorías, según la resolución 04201 del 2018:

 

  • Clase A “Abierta”: En esta clase estarán determinadas las UAS que por su tipo de operación estén catalogadas como operaciones de bajo riesgo y el peso de las aeronaves se encuentra entre 250 gramos y 25 kilogramos. Para esta clase, la normatividad contempla 25 limitaciones a la operación, que no deben ser trasgredidas, para un vuelo seguro. 
  • Clase B “Regulada”: En esta clase estarán determinadas las UAS que por su tipo de operación estén catalogadas como operaciones de riesgo medio o riesgo calculado y el peso de las aeronaves se encuentra entre 25 kilogramos y 150 kilogramos. Para esta clase, la normatividad contempla 20 limitaciones a la operación, que no deben ser trasgredidas, para un vuelo seguro. En esta clase también se estipulan las UAS/Drones que trasgredan en al menos una de las limitaciones establecidas para la clase “A”.
  • Clase C “Certificada”: En esta clase estarán determinadas las UAS que por su tipo de operación estén catalogadas como operaciones de riesgo superior y el peso de las aeronaves se encuentra por encima de los 150 kilogramos. Esta clase determina que las condiciones específicas son homologables con las de la aviación tripulada, ya que en esta clase se encuentran relacionados UAS que realicen vuelos internacionales, en espacios aéreo controlados, bajo reglas por instrumentos, y transporte de personas y carga. También se podrán catalogar operaciones de innovación y desarrollo, siempre y cuando las dichas aeronaves no sean. 

Geosystem Ingeniería te invita a estar pendiente de la normatividad publicada por la Aeronáutica Civil de Colombia y seguir sus lineamientos. 

 

Por

Steve Duque

28 septiembre, 2023

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